Art. 122 fracc. II apartado r) LTAIPRC

(Programas Sociales)

(antes) Artículo 14 fracc.XXI

Fracción II apartado r) . La información actualizada mensualmente de los programas de subsidios, estímulos, apoyos y ayudas en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente:

r) Padrón de beneficiarios mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas, su distribución por unidad territorial, en su caso, edad y sexo

Dirección General de Desarrollo Social – Dirección General de Desarrollo Económico y rural

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