¿EN QUÉ CONSISTE?
Servicios que prestan las Delegaciones Políticas para realizar la plantación de pasto y árboles en donde se ha secado el paso o donde existe la necesidad de proveer árboles, proporcionándoles el riego suficiente para lograr la supervivencia de ambos elementos.
¿A QUIÉN ESTA DIRIGIDO?
A los residentes del Distrito Federal que soliciten los servicios de siembra.
¿CUÁLES SON LAS ÁREAS DE ATENCIÓN?
- LOCATEL: 56 58 11 11, las 24 horas los 365 días del año, y
- Centros de Servicio y Atención Ciudadana (CESAC) de las 16 Delegaciones Políticas del Distrito Federal, en un horario de atención de 9:00 a 14:00 horas en días hábiles (consultar directorio).
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS?
Para solicitar la plantación de diferentes áreas, el o los interesado(s) deberán presentar su solicitud ante LOCATEL, o en los CESAC delegacionales, proporcionando la siguiente información:
- Nombre completo del solicitante
- Domicilio del solicitante (calle y número, colonia, delegación y Código Postal)
- Teléfono y/o correo electrónico para aclaraciones y notificaciones
- Ubicación exacta de donde se solicita la siembra
- Croquis del lugar propuesto para la siembra
¿CUÁL ES FORMATO REQUERIDO?
S/F
¿CUÁL ES EL NÚMERO DEL SERVICIO?
MA 15
¿CUÁL ES EL TIEMPO DE RESPUESTA O REALIZACIÓN DEL SERVICIO?
5 días hábiles (las actividades están sujetas a evaluación y programación, por lo que el tiempo de realización puede variar).
¿CUÁL ES EL COSTO?
Gratuito.
¿CUÁL ES EL BENEFICIO O RESULTADO?
Mejorar la calidad ambiental de cada una de las Delegaciones el Distrito Federal, a través de la rehabilitación de áreas verdes.
¿DÓNDE SE REPORTAN LAS QUEJAS O SUGERENCIAS?
- Contraloría Interna de las delegación política en donde se solicitó el servicio (consultar directorio).
- Contraloría General del Distrito Federal, ubicada en Av. Juárez número 92, planta baja, Col. Centro, teléfono 5627-9700 extensiones 50200, 50203 y 50205.
- QUEJATEL con número telefónico 5658-11-11.
- HONESTEL de la Contraloría General del Distrito Federal, teléfono 5062-2222 (para reportar el comportamiento de funcionarios públicos).
¿CUÁL ES EL FUNDAMENTO JURÍDICO?
- Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.- Artículos 12, fracción X; 19 y 118, fracción IV.
- Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.- Artículo 39, fracción XXVII.
- Ley Ambiental del Distrito Federal.
- Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.- Artículos 7 fracción IV; 54; 131, fracción VIII, XI; 134, fracción XII.
¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO?
- El usuario entrega en el Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC) la solicitud de servicio, o en caso, datos de captura, los cuales se registran en el sistema de cómputo y en el Libro de Gobierno del CESAC.
- El sistema de cómputo asigna número de folio, mismo que se registra ante el libro de Gobierno y se turna al Responsable del CESAC para su seguimiento.
- El CESAC turna solicitud a la Unidad Administrativa Responsable (Dirección General de Medio Ambiente o Dirección General de Desarrollo Delegacional), quien recibe y revisa el expediente. Se prioriza el servicio público solicitado y emite resolución debidamente fundada y motivada.
- Se emite resolución y fecha en la que se prestará el servicio y se turna al responsable de CESAC.
- La información se ingresa en el sistema de cómputo y el Libro de Gobierno.
- Se entrega al interesado respuesta y señala fecha en la que se prestará el servicio.
- Se realiza el servicio.
- Se concluye el procedimiento.
OBSERVACIONES:
El tiempo de respuesta puede variar de acuerdo a la demanda del servicio y a la disponibilidad de recursos.