¿EN QUÉ CONSISTE?
Servicio Delegacional en coordinación con los servicios de limpia, para recolectar los árboles de navidad naturales desechados en los domicilios de la Ciudad de México durante los meses de enero y febrero, para su posterior tratamiento y reciclaje.
¿A QUIÉN ESTA DIRIGIDO?
A los residentes del Distrito Federal.
¿CUÁLES SON LAS ÁREAS DE ATENCIÓN?
- LOCATEL: 56 58 11 11, las 24 horas los 365 días del año, y
- Centros de Servicio y Atención Ciudadana (CESAC) de las 16 Delegaciones Políticas del Distrito Federal, en un horario de atención de 9:00 a 14:00 horas en días hábiles (consultar directorio).
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS?
Para solicitar el servicio, los interesados deberán presentar su solicitud ante LOCATEL, o en los CESAC delegacionales, proporcionando la siguiente información:
- Nombre completo del solicitante
- Domicilio del solicitante (calle y número, colonia, delegación y Código Postal)
- Teléfono y/o correo electrónico para aclaraciones y notificaciones
- Domicilio o ubicación en donde se encuentra el árbol de navidad, con referencias (entre que calle se encuentra)
¿CUÁL ES FORMATO REQUERIDO?
S/F
¿CUÁL ES EL NÚMERO DEL SERVICIO?
MA 13
¿CUÁL ES EL TIEMPO DE RESPUESTA O REALIZACIÓN DEL SERVICIO?
5 días hábiles (las actividades están sujetas a evaluación y programación, por lo que el tiempo de realización puede variar).
¿CUÁL ES EL COSTO?
Gratuito.
¿CUÁL ES EL BENEFICIO O RESULTADO?
Facilitar el desecho de los árboles de navidad en el primer bimestre del año para que éstos tengan un tratamiento profesional de reciclaje.
¿DÓNDE SE REPORTAN LAS QUEJAS O SUGERENCIAS?
- Contraloría Interna de las delegación política en donde se solicitó el servicio (consultar directorio).
- Contraloría General del Distrito Federal, ubicada en Av. Juárez número 92, planta baja, Col. Centro, teléfono 5627-9700 extensiones 50200, 50203 y 50205.
- QUEJATEL con número telefónico 5658-11-11.
- HONESTEL de la Contraloría General del Distrito Federal, teléfono 5062-2222 (para reportar el comportamiento de funcionarios públicos).
¿CUÁL ES EL FUNDAMENTO JURÍDICO?
- Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.- Artículo 39, fracción XXVII.
- Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.- Artículo 58.
- Ley Ambiental del Distrito Federal.- Artículos 1, 5 fracción III, 7, 8, 9 y 15 fracciones XIV y XV.
- Ley de Desarrollo Urbano.- Artículo 76.
- Ley de Residuos sólidos del Distrito Federal
- Reglamento para el Servicio de Limpia del Distrito Federal
- Reglamento para el Servicio de Limpia del Distrito Federal.
¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO?
- El usuario entrega en el Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC) la solicitud de servicio, o en caso, datos de captura, los cuales se registran en el sistema de cómputo y en el Libro de Gobierno del CESAC.
- El sistema de cómputo asigna número de folio, mismo que se registra ante el libro de Gobierno y se turna al Responsable del CESAC para su seguimiento.
- El CESAC turna solicitud a la Unidad Administrativa Responsable (Dirección General de Medio Ambiente o Dirección General de Desarrollo Delegacional), quien recibe y revisa el expediente. Se prioriza el servicio público solicitado y emite resolución debidamente fundada y motivada.
- Se emite resolución y fecha en la que se prestará el servicio y se turna al responsable de CESAC.
- La información se ingresa en el sistema de cómputo y el Libro de Gobierno.
- Se entrega al interesado respuesta y señala fecha en la que se prestará el servicio.
- Se realiza el servicio.
- Se concluye el procedimiento.
OBSERVACIONES:
El tiempo de respuesta puede variar de acuerdo a la demanda del servicio y a la disponibilidad de recursos.