¿EN QUÉ CONSISTE?
Servicios que el Gobierno del Distrito Federal presta a través de las Delegaciones Políticas para la capacitación, asesoría y ofrecimiento de bolsa de trabajo a las personas que se encuentran en búsqueda de empleo.
¿A QUIÉN ESTA DIRIGIDO?
A los residentes del Distrito Federal que se encuentran en situación de desempleo.
¿CUÁLES SON LAS ÁREAS DE ATENCIÓN?
- LOCATEL: 56 58 11 11, las 24 horas los 365 días del año, y
- Centros de Servicio y Atención Ciudadana (CESAC) de las 16 Delegaciones Políticas del Distrito Federal, en un horario de atención de 9:00 a 14:00 horas en días hábiles (consultar directorio).
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS?
Para solicitar cualquier servicio comentado anteriormente, los interesados deberán presentar su solicitud ante LOCATEL, o en los CESAC delegacionales, proporcionando los siguientes datos:
- Nombre del solicitante
- Domicilio del solicitante (calle y número, colonia, delegación y Código Postal)
- Teléfono y/o correo electrónico para aclaraciones y notificaciones
- Solicitar los servicios de capacitación o uso de la bolsa de trabajo
- Currículum Vitae
¿CUÁL ES FORMATO REQUERIDO?
S/F
¿CUÁL ES EL NÚMERO DEL SERVICIO?
ECON 04
¿CUÁL ES EL TIEMPO DE RESPUESTA O REALIZACIÓN DEL SERVICIO?
Inmediato.
¿CUÁL ES EL COSTO?
Gratuito.
¿CUÁL ES EL BENEFICIO O RESULTADO?
Facilitar la vinculación entre las personas que buscan empleo y las empresas susceptibles de contratar recursos humanos.
¿DÓNDE SE REPORTAN LAS QUEJAS O SUGERENCIAS?
- Contraloría Interna de las delegación política en donde se solicitó el servicio (consultar directorio).
- Contraloría General del Distrito Federal, ubicada en Av. Juárez número 92, planta baja, Col. Centro, teléfono 5627-9700 extensiones 50200, 50203 y 50205.
- QUEJATEL con número telefónico 5658-11-11.
- HONESTEL de la Contraloría General del Distrito Federal, teléfono 5062-2222 (para reportar el comportamiento de funcionarios públicos).
¿CUÁL ES EL FUNDAMENTO JURÍDICO?
- Ley Orgánica de la Administración Pública.- Artículo 39, fracciones LI, LX, LXXI, LXXII y LXXIII.
- Ley de Fomento para el Desarrollo Económico del Distrito Federal.
- Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.- Artículo 42, fracción XVI; 46, fracción XXV y 55.
¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO?
- El usuario entrega en el Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC) el escrito o solicitud del servicio de capacitación empresarial, o en caso, datos de captura, los cuales se registran en el sistema de cómputo y en el Libro de Gobierno del CESAC.
- El sistema de cómputo asigna número de folio, mismo que se registra ante el libro de Gobierno y se turna al Responsable del CESAC para su seguimiento.
- El CESAC turna solicitud a la Unidad Administrativa Responsable (Dirección de Fomento Económico Delegacional), quien recibe y revisa el expediente. Se prioriza el servicio público solicitado y emite resolución debidamente fundada y motivada.
- Se emite resolución y fecha en la que se prestará el servicio y se turna al responsable de CESAC.
- La información se ingresa en el sistema de cómputo y el Libro de Gobierno.
- Se entrega al interesado respuesta y señala fecha en la que se prestará el servicio.
- Se ejecuta el servicio.
- Se concluye el procedimiento.
OBSERVACIONES:
El tiempo de respuesta puede variar de acuerdo a la demanda del servicio.