¿EN QUÉ CONSISTE?
Servicios que el Gobierno del Distrito Federal presta a través de las Delegaciones Políticas y de la Procuraduría Social del Distrito Federal, a petición de los interesados para asistir a las asamblea de condóminos con el propósito de otorgar asesoría legal para que las asambleas se conduzcan en buenos términos y cuidando que las mismas se ajusten a la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el D.F. y demás ordenamientos legales aplicables.
¿A QUIÉN ESTA DIRIGIDO?
A los condóminos y organizaciones condominales residentes del Distrito Federal que soliciten alguno de los diferentes servicios y/o asesorías en materia condominal.
¿CUÁLES SON LAS ÁREAS DE ATENCIÓN?
- LOCATEL: 56 58 11 11, las 24 horas los 365 días del año, y
- Centros de Servicio y Atención Ciudadana (CESAC) de las 16 Delegaciones Políticas del Distrito Federal, en un horario de atención de 9:00 a 14:00 horas en días hábiles (consultar directorio).
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS?
Para solicitar cualquiera de los servicios de asesoría u orientación condominal, los interesados podrán presentar su solicitud por escrito o vía telefónica en las Delegaciones del Gobierno del Distrito Federal y LOCATEL, o vía correo electrónico de los CESAC, proporcionando los siguientes datos:
- Nombre del solicitante, condómino o asociación condominal
- Domicilio del o los solicitante(s) (calle y número, colonia, delegación y Código Postal)
- Teléfono y/o correo electrónico para aclaraciones y notificaciones
- Solicitud con el asunto a tratar
- Descripción de los asuntos o problemáticas a tratar
¿CUÁL ES FORMATO REQUERIDO?
S/F
¿CUÁL ES EL NÚMERO DEL SERVICIO?
LEG 02
¿CUÁL ES EL TIEMPO DE RESPUESTA O REALIZACIÓN DEL SERVICIO?
5 días hábiles (las actividades están sujetas a evaluación y programación, por lo que el tiempo de realización puede variar).
¿CUÁL ES EL COSTO?
Gratuito.
¿CUÁL ES EL BENEFICIO O RESULTADO?
Garantizar la óptima realización de asambleas condominales, así como la resolución de conflictos vecinales y la tenencia de información condominal especializada, a través de la intervención de una instancia neutral, sin interés de conflicto que propondrá soluciones a las controversias existentes buscando evitar que los problemas se diriman por la vía judicial y deterioren el tejido social.
¿DÓNDE SE REPORTAN LAS QUEJAS O SUGERENCIAS?
- Contraloría Interna de las delegación política en donde se solicitó el servicio (consultar directorio).
- Contraloría General del Distrito Federal, ubicada en Av. Juárez número 92, planta baja, Col. Centro, teléfono 5627-9700 extensiones 50200, 50203 y 50205.
- QUEJATEL con número telefónico 5658-11-11.
- HONESTEL de la Contraloría General del Distrito Federal, teléfono 5062-2222 (para reportar el comportamiento de funcionarios públicos).
¿CUÁL ES EL FUNDAMENTO JURÍDICO?
- Ley Orgánica de la Administración Pública.- Artículo 39, fracción XXII
- Ley de la Defensoría de Oficio del Distrito Federal.
- Ley de la Procuraduría Social del D.F.- Artículos 3, 4, 23, 61,63, 64, 65, 66, 67, 68 69 y 70.
- Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el D.F.- Artículos 1, 65, 66, 76 y 68.
- Reglamento de la Ley de la Procuraduría Social del D.F.- Artículos 7 fracción II, 8 fracción V, XV, y 11 fracción II.
- Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.- Artículo 124, fracción XIV.
¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO?
- El o los usuario(s) entregan en el Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC) el escrito o solicitud de servicios de asesoría condominal, o en su caso, datos de captura, los cuales se registran en el sistema de cómputo y en el Libro de Gobierno del CESAC.
- El sistema de cómputo asigna número de folio, mismo que se registra ante el libro de Gobierno y se turna al Responsable del CESAC para su seguimiento.
- El CESAC turna solicitud a la Unidad Administrativa Responsable (Procuraduría Social del Distrito Federal), recibe y revisa el expediente. Se prioriza el servicio público solicitado y emite resolución debidamente fundada y motivada.
- Se emite resolución y fecha en la que se prestará el servicio y se turna al responsable de CESAC.
- La información se ingresa en el sistema de cómputo y el Libro de Gobierno.
- Se entrega al interesado respuesta y señala fecha en la que se prestará el servicio.
- Se ejecuta el servicio requerido.
- Se concluye el procedimiento.
OBSERVACIONES:
El tiempo de respuesta puede variar de acuerdo a la demanda del servicio.